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viernes, 19 de febrero de 2016

EL GALIMATÍAS DE LA REVISIÓN DE OFICIO


Como comentamos días  atrás en el facebook la revisión de oficio se realiza en virtud del art 65.5 de la ley 11/2014 de Prevención y Protección Ambiental de Aragón, que resumiendo dice que se puede revisar de oficio cuando:

                -La contaminación producida por la instalación haga conveniente la revisión de los valores límite o la adopción de nuevos.
                -Resulte posible reducir significativamente las emisiones por cambios en las Mejores Tecnologías Disponibles. (no es el caso, no ha habido cambios en tecnologías disponibles publicados)
                -La seguridad de funcionamiento del proceso  haga necesario emplear otras técnicas.
-Lo requiera el organismo de cuenca (no parece que el vertido haya cambiado)
-Sea necesario cumplir nuevas normas (se las habrían impuesto antes ¿no?)
-Otros en materia de prevención y control integrados de la instalación.


Vista la parcela y la extensión de la planta ¿A qué llaman retirarla? ( en suelo No Urbanizable Especial no se puede instalar nada) El montaje está recogido del proyecto.
 En cualquier caso, estos supuestos, certifican que el INAGA no hizo bien su trabajo, pues hay que proceder a revisarlo 6 meses después de su autorización, sin haberse movido un solo palmo de tierra del proyecto. El alcalde de Monzón, ha comentado en la radio, que es para que puedan entrar las alegaciones del recurso de alzada que según el INAGA Ecologistas en Acción presentó un día tarde. Muy generosos, pero retrasar el proceso igual 9 meses para que "los ecologistas" puedan hacer sus aportaciones, cuando hasta la fecha se les ha ninguneado clamorosamente,  no parece muy creible.
No se sabe que aspectos se van  a revisar pero nos atrevemos a pronosticar aspectos obvios y otros  comentados: El tema de las emisiones de benzopirenos, por su gravedad y  no estar  recogidas en la anterior autorización, sería muy preocupante no controlar este peligroso contaminante.  Por otro lado y por lo dicho en Cortes y medios de comunicación por los políticos afines al proyecto, el tema de darle la vuelta a la planta (ellos lo llaman retirar la planta , pero en realidad solo cambian la zona de almacenamiento por la de energía, ver primera ortofoto), nuevo estudio de dispersión , emisiones e inmisiones (pero... ¿no estaba bien hecho el que presentó la empresa en su día y por el que le autorizaron el proyecto?), estudio de accesos (ojo, en sede parlamentaria y en medios locales se ha afirmado que se realizará una salida nueva  desde la A22 para no afectar a los ciudadanos ¿Por dónde se hará el nuevo trazado o que terrenos se expropiarán para hacer ese acceso? Más incognitas) y estudio de los cultivos de biomasa, aspecto que ya se le requirió anteriormente pero que el promotor no  presentó. ¿Máximas y mejores tecnologías de filtrado?, suponemos que tendrán alguna medida adicional para adoptar, aunque ya adelantamos que solo sirven para las partículas en suspensión, no para los óxidos de nitrógeno, ni el dióxido de azufre ni gran parte de los benzopirenos u otros contaminantes más tóxicos.

Ortofoto con la planta la autovía y las carreteras. ¿Por donde se propone la nueva salida de la A22 y acceso exclusivo a la planta para no afectar a los ciudadanos?




 Según el documento de revisión de oficio que nos notificaron,  se sigue el  Procedimiento Simplificado del RD 815/2013 del Reglamento de Emisiones Industriales que consiste básicamente en:
                -El INAGA solicita a los organismos competentes en medio ambiente digan que documentos hay que revisar. Tienen 10 días de plazo.
                -Pronunciados estos organismos el INAGA requiere al promotor (SOLMASOL) para que aporte, en el plazo de 15 días la documentación que se le solicite.
-Recibida documentación solicitada a SOLMASOL, si procede, se le requerirá subsanación o aporte de información que falte. Tienen 10 días, sino la aporta se desestima la petición (no sabemos si  significa que no se autoriza, pues es una revisión de oficio, no una petición de Solmasol??)
-Tras recibir toda la documentación INAGA somete a Información pública por plazo no inferior a 20 días.
-Finalizado el trámite de información pública en tres días el INAGA remite:
-Al ayuntamiento de Monzón  el expediente completo con las alegaciones , para que en el plazo de 30 días  emita informe sobre la adecuación de la instalación analizada a todos aquellos aspectos que sean de su competencia.
-Al organismo de cuenca alegaciones para su consideración.
-Al resto de órganos que deban informar sobre las materias de su competencia, una copia del expediente completo junto con las alegaciones.

                -Tras recibir informes de estos el INAGA realizará “una evaluación ambiental del proyecto en su conjunto”  y efectuará trámite de audiencia a SOLMASOL.
                -Tras la audiencia INAGA efectuará propuesta de resolución, que remitirá al ayuntamiento, al organismo de cuenca y resto de órganos que hubieran alegado para que en 10 días manifiesten lo que crean conveniente.
                -El procedimiento finalizará cuando, en el plazo de 6 meses el INAGA dicte resolución.
Tras ella , si es positiva, SOLMASOL podrá iniciar su puesta en funcionamiento.

Esto, si se sigue todo el procedimiento, significa un retraso  del expediente de unos 9 meses. OJO a mitad de marzo seguramente saldrá la información pública para realizar las alegaciones de esta revisión.

¿Será un procedimiento cosmético para intentar apaciguar la importantisima oposicion social que ya hay en Monzón?

martes, 3 de noviembre de 2015


¿Cuáles son las emisiones más perjudiciales de la Incineradora de Biomasa que se pretende instalar en Monzón?.

 La incineradora de Monzón , según el proyecto del promotor Solmasol (Filial de la empresa Forestalia Renovables)  va a emitir  253.482m3 de humos cada hora  y como se va a mantener en funcionamiento 8.000 horas al año ( 11 meses de forma ininterrumpida) , al multiplicarlo  nos da 2.027.856.000 m3 anuales, ósea  más de 2.000 millones de  m3 de humos. De estas emisiones las que más preocupan son las de partículas en suspensión (las llamadas PM) puesto que los niveles en Monzón son altos.

¿Como afectan esos  humos al juntarse con las emisiones de otras industrias?
Para hacernos una idea de cual es la situación en Monzón   veamos los datos aportados por la estación móvil que se instaló en Monzón durante los años 2011-2012, en relación a las partículas más finas, las PM2,5 capaces de penetrar  profundamente en nuestros pulmones.

 
¿Qué significan esas líneas horizontales? La línea límite 2015 es el límite legal que se debe cumplir para este año, que es de de 25 µg/m3 en 2015 y de 20 µg/m3 en 2020. La línea de 10 µg/m3  son las recomendaciones de la OMS para preservar la salud de los ciudadanos. 
 Si , ya sabemos que la OMS está recibiendo críticas y chanceos por declarar la carne roja  y  los embutidos como cancerígenos, pero también es la que decreta que vacuna contra la gripe se inocula este año.
Los datos de Monzón superan claramente los límites de partículas en suspensión de tamaño 2,5, partículas que como veremos son muy perjudiciales para la salud .
De instalarse la Incineradora de Biomasa ,  estos  datos se verían incrementados entre 40.000 y 60.000 kilos de partículas en suspensión cada año que esta industria emitiría a la atmósfera de Monzón.

martes, 27 de octubre de 2015


EMISIONES DE LA INCINERADORA DE BIOMASA 

 ¿Cómo es posible que autoricen semejante industria a 600 metros de nuestras casas?


Uno de los principales problemas que presenta la incineradora, procede de la gran cantidad de madera quemada (408 millones de kilos al año) , 51.000 kilos de astillas de madera a la hora durante 8.000 horas al año ininterrumpidamente.


 
La quema de esa gran cantidad de madera genera ingentes cantidades de humos (253.482Nm3/h x 8.000 horas=2.027.856.000 Nm3)  más de 2.000 millones de Nm3 de humos.
Pero ...¿Cuánto son 2.000 millones de m3 de humos?

 
Si pudiéramos almacenar los humos como si fueran agua necesitaríamos 5 embalses como el de El Grado para poderlos contener. ¿Poca contaminación...? ¿Compatible con su emplazamiento a 600 metros de nuestras casas...?

Dadas las magnitudes de las emisiones y la cercanía a las viviendas de Monzón es difícil no apreciar las afecciones a la salud de este proyecto, a la vez que surgen preguntas que convendría que las autoridades con competencias al respecto aclararan a la ciudadanía:
¿Por qué una granja de porcino o vacuno tiene que instalarse a más de 1.500 metros del casco urbano y se permite que una industria pesada, cuya actividad se clasifica como insalubre, nociva y peligrosa se autoriza a apenas 600 metros de las viviendas de Monzón?

Si el Plan General de Ordenación Urbana de Monzón, que es el  instrumento de planeamiento general que define la normativa urbanística, dice :
"Art 156
6.  Industria pesada.
Se trata de industrias y actividades clasificadas como insalubres, nocivas y peligrosas, así como todas  aquellas que por sus emisiones y vertidos de gases, líquidos, o detritus sólidos, puedan causar perturbaciones a las poblaciones.
Esta industria aparecerá totalmente aislada en polígonos específicos. ...."

¿Por qué se ha autorizado la instalación de esta industria en un suelo no urbanizable de vocación agrícola y no en un suelo dedicado a la industria pesada?

Por otro lado la declaración de impacto ambiental autoriza el vertido por parte de la Incineradora de las concentraciones de la siguiente tabla lo que supone las emisiones resumidas en la misma tabla. 

Tabla 1.- Relación de contaminantes en las emisiones atmosféricas recogidos por la declaración de impacto ambiental y sus valores límite. Cálculo propio de las emisiones totales anuales a la atmósfera. (*Contenido de O2:6% y seco).

Sustancia contaminante
Valor límite de emisión
(mg/Nm3)*
Valor de emisiones anuales permitidas (Kg/anuales)
CO  (Monóxido de carbono)
250
506.964
SO2  (Dióxido de azufre)
200
405.571
NOX ( Óxidos de nitrógeno)
200
405.571
Partículas Sólidas
20
40.557
 
Todas estos gases y partículas serán emitidos por una chimenea de 60 metros con la pretensión de dispersar por todo el territorio esa gran cantidad de contaminantes. Pero ¿Qué pasará los días de inversión térmica, días sin aire o con densas nieblas?.
Para hacernos una idea de la gran cantidad de madera que se quemaría solo hay que apreciar las dimensiones del gran horno que se pretende instalar :

De las emisiones de contaminantes de este proyecto las que más afectarían a la población son las referentes al material particulado, materias en supensión o PM, partículas que transportan las sustancias más peligrosas para la salud, las dioxinas y furanos y los benzopirenos. Trataremos de ellas en una nueva entrada.

domingo, 25 de octubre de 2015

DATOS RELEVANTES DEL PROYECTO

DATOS RELEVANTES DEL PROYECTO


La planta de Incineración de Biomasa  promovida por SOLMASOL I   se pretende ubicar en Monzón- Huesca, en el camino del Pinar de Salas (Cabañera de Puerta a Puerta) a 600 mts de las viviendas del casco urbano de Monzón y a 500 mts de la zona de servicios del Polígono Paules.




 Con una potencia de 49,5 MWe (170 MW térmicos) capaz de suministrar energía a más de 100.000 hogares consumiría 408.000 toneladas de biomasa/año con una previsión de generar casi 400 mil MWh anuales.
 
Para la obtención de la biomasa se proyecta  cultivar entre 8.000  y 11.000 hectáreas  de chopos, eucaliptos y cañas,  en un radio de 60 km de la planta , que serán transportados en camión (más de 40.000 anuales). La superficie que ocuparía la planta de biomasa es de unas  8 hectáreas, pues se prevé una zona de almacenamiento de biomasa de más de 56 mil m2, con capacidad de almacenaje para un mes. La caldera de quema de biomasa que va a incinerar  51.000 kilos de madera a la hora, extraerá los humos hacia un precipitador electrostático, que mediante una chimenea de 60 mts de altura emitirá mas de 250.000 mil Nm3/hora



-Potencia de la Planta…………………………………….……….49,5 MW eléctricos, 170 MW térmicos
-Consumo de biomasa……………………………………….…..408.000 toneladas/año
-Producción de energía…………………………………….…….396.424 MWh.
-Funcionamiento de la caldera…………………………………..8.000 h/año
-Consumo de energía para maquinaria interna……………… 44.000 MWh/año
-Gas Natural licuado para caldera………………………………..24.000 m3/año
-Agua para proceso…………………………………………………..12.000 m3/año
-Superficie de la planta……………………………………………….78116 m2
-Hectáreas necesarias para el proyecto (turnos de 3 años)…...7000 ha
-Diámetro de la chimenea…………………………………………..2 metros
-Altura de la chimenea…………………………………………….. 60 metros
-Caudal de salida de humos………………………………...…….253.482 Nm3/h